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Cómo puedo contratar a una persona extranjera en Euskadi es una pregunta frecuente para empresarios que a día de hoy sufren una carencia de mano de obra en sectores como el hostelero, marítimo, mecánico

En Euskadi necesitamos contratar marineros, baristas, camareros con experiencia, técnicos de mantenimiento de maquinaria y ascensores de manera legal. La realidad es que la población local no cubre estos puestos. 

A partir de 2022 la Ley de extranjería ha facilitado la contratación de extranjeros de manera legal. Es decir, el extranjero viene directamente de su país para cubrir una vacante de empleo.

Hoy es posible que una persona ya sea de Latinoamérica o de otro país, venga al País Vasco a trabajar con sus “papelesya solucionados

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Pasos para contratar un extranjero en el País Vasco

Para contratar una persona extranjera directamente desde su país de origen y de manera legal es necesario seguir los siguientes pasos:

1- Comprobar que en la situación nacional de empleo no hay una persona inscrita en el SEPE o en Lanbide que pueda llevar a cabo este trabajo. 

  • Si el trabajador es procedente de Chile o Perú, o hijo o nieto de español de origen, no será necesario atender a la situación nacional de empleo.
  • Publicar una oferta de empleo en Lanbide o en el SEPE, en el portal empléate.
  • La oferta debe ser precisa y ajustada a los requerimientos del puesto de trabajo (por ejemplo “técnico de mantenimiento de ascensores en Bizkaia”).
  • Lanbide o el SEPE darán publicidad a la oferta durante 8 días en todos sus portales de empleo.
  • Transcurridos los 8 días, el empresario comunicará el resultado de los candidatos admitidos o no y sus razones, que haya recibido de toda España.
  • En 3 días, el SEPE o lanbide publicarán el certificado de insuficiencia de demandantes.
  • La Oficina de Extranjería valorará la relación entre el número de trabajadores puestos a disposición del empleador y el puesto de trabajo ofertado por este para la concesión de la autorización de trabajo por cuenta ajena del extranjero.
  • La oficina de Extranjería de Bizkaia o Gipuzkoa o Araba deberá recibir la resolución de Lanbide o el SEPE con el resultado de la oferta de trabajo para tramitar la solicitud de autorización para trabajar por cuenta ajena. 

2- Requisitos del empleado

  • No estar irregularmente en territorio español. Para las personas en situación irregular deberemos acudir al arraigo social una vez transcurridos tres años.
  • Estar en situación regular no significa estar como turista y empezar a trabajar dentro de los 90 días iniciales de estancia.
  • Es necesario que el empleado viaje con un visado que le autorice a trabajar
  • Carecer de antecedentes penales en los últimos 5 años o en los países anteriores de residencia.
  • Contar con la cualificación profesional necesaria para llevar a cabo el puesto.
  • Haber transcurrido el plazo de compromiso de no regreso.
  • Abonar la tasa correspondiente como empleado.

3- Requisitos del empresario o empleador

  • Estar dado de alta en la Seguridad Social y esté al corriente de pago de sus obligaciones tributarias y de la Seguridad Social-
  • Ofrecer un contrato de trabajo por encima del SMI o de su convenio aplicable.
  • Contar con los medios económicos y capacidad para la creación de empleo.
  • Los medios económicos se demuestran con la suficiencia para el abono del salario y adicionalmente, que el empresario tenga importe en cuenta superior al 100% del IPREM.
  • Haber presentado impuesto sobre sociedades o de IVA y IRPF si es autónomo.

4- Efectos de la autorización inicial de trabajo por cuenta ajena

  • La autorización está sujeta al ámbito geográfico de la comunidad autónoma. Es decir, la persona contratada no podrá trabajar en otra comunidad autónoma que no sea el País Vasco.

Si tienes alguna duda sobre los requisitos de la oferta o el procedimiento para conseguir la autorización, no dudes en escribirnos.